PROYECTO DE SEGURO EUROPEA SELECT ESPECIALMENTE ESTUDIADO PARA:
Viaje a Indonesia
RIESGOS Y SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA Y VIAJE
I. EQUIPAJES
1.- SEGURO DE EQUIPAJES Y EFECTOS PERSONALES:
Se garantiza el pago de las pérdidas materiales sufridas por el equipaje a consecuencia de robo; averías daños por incendio o robo y la avería o perdida total o parcial ocasionada por el transportista. 600
2.-DEMORA DE EQUIPAJE:
Cuando el equipaje se demore en la entrega 24 o más horas, la Compañía pagará la compra de artículos de primera necesidad, con límite de 120
3.- GASTOS DE GESTIÓN POR PÉRDIDA DE DOCUMENTOS:
Quedan amparados los gastos de gestión y obtención, debidamente justificados, ocasionados por sustitución, que el Asegurado haya de hacer por pérdida o robo de documentos, hasta un límite de 120
4.- APERTURA Y REPARACIÓN DE COFRES Y CAJAS DE SEGURIDAD:
En caso de pérdida de la llave del cofre o caja de seguridad de su hotel, se pagará la apertura y reparación del mismo, hasta el límite de 60
5.- PÉRDIDA DE LA LLAVE DE LA VIVIENDA HABITUAL:
El Asegurador abonará los gastos de un cerrajero, motivado por la pérdida, robo o simple extravío de las llaves de la vivienda habitual, hasta el límite de 60
II. DEMORAS
6.- DEMORA EN LA SALIDA DEL MEDIO DE TRANSPORTE:
Cuando la salida del medio de transporte se demore como mínimo 6 horas, el Asegurado podrá reclamar previa presentación de factura, los gastos producidos como consecuencia de la demora, hasta 90 €. Y por cada 6 horas más 90 €, hasta un límite máximo de 270
7.- ANULACIÓN DE SALIDA DEL MEDIO DE TRANSPORTE DEBIDA A HUELGA:
Si la salida del medio de transporte se anulara por causa de huelga o conflictos sociales, se le abonará en concepto de gastos extras para que el Asegurado regrese a su domicilio, hasta 90
8.- PERDIDA DE ENLACES POR RETRASO DEL MEDIO DE TRANSPORTE:
Se compensará para sufragar los posibles gastos incurridos en la espera, con un límite de 90
9.- DEMORA EN LA LLEGADA DEL MEDIO DE TRASNPORTE:
Si dicha demora se retrasa más de 3 horas, se compensará hasta el límite 90
10.- PERDIDA DEL MEDIO DE TRANSPORTE POR ACCIDENTE <
>:
Si como consecuencia de un accidente ocurrido en el medio de transporte utilizado en el desplazamiento al aeropuerto, estación de FF.CC. o puerto de mar para realizar el viaje, perdiera el transporte colectivo,
se le pagará al Asegurado en concepto de gastos realizados para conseguir la conexión con el siguiente medio de transporte, hasta 90
11.- DEMORA POR <>:
Si dicha demora es superior a 6 horas, se compensará al Asegurado hasta la cantidad de 90
12.- TRANSPORTE ALTERNATIVO POR PÉRDIDA DE ENLACE:
Si el medio de transporte público se retrasa o cancela debido a fallo técnico, huelga o conflicto social, inclemencias meteorológicas, desastres naturales, fenómenos extraordinarios de la naturaleza, intervención de las autoridades o de otras personas por la fuerza y como consecuencia de ello se imposibilitara al ASEGURADO el enlace con el siguiente medio de transporte público cerrado y previsto en el billete,
el ASEGURADOR reembolsará, hasta el límite establecido en Condiciones Particulares, los gastos de transporte de regreso al lugar de origen o los costes de transporte alternativo al destino final. 300
13.- PÉRDIDAS DE SERVICIOS CONTRATADOS:
Si como consecuencia de retraso o cancelación del medio de transporte público debido a fallo técnico, huelga o conflicto social, inclemencias meteorológicas, desastres naturales, fenómenos extraordinarios de la
naturaleza, intervención de las autoridades o de otras personas por la fuerza, el ASEGURADO perdiera parte de los servicios inicialmente contratados como, por ejemplo, excursiones, países a visitar, alojamiento, comidas o cualquier otra circunstancia similar, el ASEGURADOR indemnizará esta pérdida hasta el límite establecido en Condiciones Particulares 300
14.- EXTENSIÓN DE VIAJE :
Si en el transcurso del viaje el ASEGURADO debe permanecer inmovilizado debido a inclemencias meteorológicas, desastres naturales, fenómenos extraordinarios de la naturaleza, intervención de las autoridades, guerra, terrorismo, movimientos populares o conflicto social, el ASEGURADOR se hará cargo de los gastos que cause esta situación hasta el límite establecido en Condiciones Particulares, con 100 €/día, hasta un límite de 500
III. ACCIDENTES
15.- ACCIDENTES, durante las 24 horas:
En caso de Fallecimiento o invalidez, indemnización hasta el límite de No quedan amparadas las personas mayores de 70 años, garantizándose a los menores de 14 años en el riesgo de muerte únicamente hasta 3.000 €, o hasta el límite fijado en Condiciones Particulares, si éste fuese menor, para gastos de sepelio y para el riesgo de Invalidez Permanente hasta la suma fijada en Condiciones Particulares. La indemnización máxima en caso de siniestro será de 3.000.000 €, independientemente del número de Asegurados afectados. 6000
16.-GASTOS DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO:
Si se está expuesto a un riesgo de los definidos en la cobertura principal, agravado por un apuro, que origine unos gastos de búsqueda, socorro, transporte o repatriación, por los medios de salvamento, civiles o militares, o por los organismos de socorro, alertados a este efecto, el ASEGURADOR reembolsará los gastos hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares. 300
17.-GASTOS DE BUSQUEDA Y SALVAMENTO POR LA PRÁCTICA DE SKI:
Si la presente póliza hubiera sido contratada para la práctica de esquí, con la correspondiente sobreprima, quedarán asimismo garantizados los gastos de búsqueda y rescate en helicóptero, mediante la presentación de los correspondientes justificantes del gasto y hasta el límite máximo establecido en las Condiciones Particulares. 3000
18.-REEMBOLSO A TANTO ALZADO :
Si se es víctima de un accidente cubierto por las garantías principales del seguro que ocasione la muerte o por prescripción médica constatada tiene que interrumpir la estancia o guardar cama, el ASEGURADOR
reembolsará por siniestro hasta la suma diaria con el límite máximo establecido en las Condiciones Particulares, en concepto de tanto alzado, por la pérdida pecuniaria debida a la no utilización de los
remontes mecánicos y a la no asistencia a clases de esquí durante el tiempo en que no le fue posible practicar este deporte 150
IV. ASISTENCIA
19.- GASTOS MEDICOS POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE:
Pago de gastos y honorarios médicos, farmacéuticos (por prescripciónfacultativa), quirúrgicos, de hospitalización y ambulancia, con un límite de :
• Por gastos originados en España y derivados de una enfermedad o accidente ocurridos en España 1.500
• Por gastos originados en el extranjero y derivados de una enfermedad o accidente ocurridos en el extranjero18.000
Gastos odontológicos de urgencia hasta un límite de 300
20.- PRÓRROGA DE ESTANCIA EN HOTEL:
Si el Asegurado se halla enfermo o accidentado y no es posible su regreso, cuando el equipo médico del Asegurador lo decida en función de sus contactos con el médico que lo atiende, el Asegurador toma a su
cargo los gastos motivados por la prórroga de estancia en hotel, abonándole 100 €/día, hasta un límite de
1.000
21.- DESPLAZAMIENTO DE UN ACOMPAÑANTE:
Cuando el Asegurado haya sido hospitalizado y se prevea una duración superior a 5 días, el Asegurador pondrá a disposición de un familiar del mismo, un billete de ida y vuelta desde su domicilio, a fin de acudir a
su lado ILIMITADO
22.- ESTANCIA DE UN ACOMPAÑANTE:
En caso de hospitalización del Asegurado, y ésta fuera superior a 5 días, el Asegurador se hará cargo de los gastos de estancia de un familiar en un hotel, contra los justificantes oportunos, abonándole 100
€/día, hasta un límite de 1.000
23.- GASTOS DE REPATRIACION O TRANSPORTE SANITARIO DE HERIDOS O
ENFERMOS:
Se organizarán y abonarán los gastos del medio de transporte, en caso de que por enfermedad o accidente no pueda continuar viaje y utilizar el transporte por el programa objeto del viaje ILIMITADO
24.- REPATRIACION O TRANSPORTE DE FALLECIDOS:
Hasta el lugar de inhumación en España, hasta el límite de ILIMITADO
25.- REPATRIACIÓN DE UN ACOMPAÑANTE:
En caso de que el Asegurado fallecido deba ser repatriado, y éste viajara en compañía de otro asegurado, el Asegurador organizará y se hará cargo del regreso del acompañante con el Asegurado hasta el
domicilio habitual del mismo ILIMITADO
26.- REPATRIACIÓN O TRANSPORTE DE MENORES:
Si el Asegurado repatriado viajara en la única compañía de sus hijos menores de 15 años, el Asegurador organizará y tomará a su cargo el desplazamiento, ida y vuelta, de una persona, a fin de acompañar a los
niños en el regreso a su domicilio, hasta el límite de ILIMITADO
27.- REGRESO DEL ASEGURADO POR FALLECIMIENTO U HOSPITALIZACION DE UN
FAMILIAR NO ASEGURADO:
En caso de defunción u hospitalización de un familiar directo en España el Asegurador organizará y abonará los gastos del medio de transporte para el regreso del Asegurado, hasta el límite de ILIMITADO
28.- REGRESO DEL ASEGURADO POR SINIESTRO GRAVE EN EL HOGAR:
En caso de siniestro grave en el hogar del Asegurado, el Asegurador organizará y abonará los gastos del medio de transporte para el regreso del Asegurado, hasta el límite de ILIMITADO
29.- ENVÍO URGENTE DE MEDICAMENTOS NO EXISTENTES EN EL EXTRANJERO
INCLUIDO
30.- TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTES INCLUIDO
31.- BUSQUEDA, localización y envío de equipaje en caso de robo, pérdida o demora: INCLUIDO
32.- AYUDA EN VIAJE INCLUIDO
33.- SERVICIO DE INTÉRPRETE INCLUIDO
34.- RECUPERACIÓN DE DATOS :
Recuperación de datos de los soportes internos de almacenamiento de información utilizados en equipos de procesamiento digital, propiedad del Asegurado y/o Tomador del seguro, sufrieran daños que ocasionaran
accidentalmente la pérdida o deterioro de la información contenida en aquellos, el Asegurador prestará el servicio de recuperación de dicha información I INCLUIDO
35.- GESTIÓN PARA ANULACIÓN DE TARJETAS:
En caso de robo, hurto o extravío de tarjetas bancarias o no bancarias, emitidas por entidades en España, el Asegurador se compromete, a petición del Asegurado, a comunicarlo a la entidad emisora para su
cancelación. INCLUIDO
36.- ADELANTO DE FONDOS EN EL EXTRANJERO:
En caso de que el ASEGURADO, estando en el extranjero, no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como traveler´s checks, tarjetas de crédito, transferencias bancarias o
similares, convirtiéndose esto en una imposibilidad para proseguir su viaje, el ASEGURADOR adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantía que asegure el cobro del anticipo, hasta la cantidad
máxima indicada en las Condiciones Particulares de la presente póliza. 1.500
V. RESPONSABILIDAD CIVIL
37.- RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA durante el viaje:
EUROPEA toma a su cargo las indemnizaciones pecuniarias que con arreglo a los artículos 1902 al 1910 del Código Civil viniere obligado a satisfacer el Asegurado como civilmente responsable de daños corporales o materiales causados involuntariamente a terceros, con un límite de 90.000
VI. GASTOS DE ANULACIÓN
38.-GASTOS DE ANULACIÓN
El Asegurador garantiza el pago de las cantidades facturadas por la Agencia en caso de no poder realizar el viaje debido a: Fallecimiento, Accidentes Corporales o Enfermedades graves del Asegurado o de un familiar directo, o como consecuencia de un suceso grave que afecte a la propiedad del mismo y haga indispensable su presencia. 600
VII. REEMBOLSO DE VACACIONES
39.- REEMBOLSO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS:
El ASEGURADOR reembolsará al ASEGURADO, hasta la suma máxima fijada en las Condiciones Particulares, y a reserva de las exclusiones que se mencionan en estas Condiciones Generales, el coste de los servicios, contratados antes del inicio del viaje y previa justificación documental del coste de los mismos, que no hubiesen podido ser utilizados como consecuencia de la conclusión anticipada del viaje programado, que implique obligatoriamente el regreso del ASEGURADO a su lugar de residencia habitual, por alguna de las causas mencionadas en las Condiciones Generales de la presente póliza sobrevenidas durante el transcurso del viaje 600
VIII. GASTOS DE CANCELACIÓN
40.- GASTOS DE CANCELACIÓN::
Si se produjera la cancelación del viaje por parte del organizador por fallo técnico, huelga, conflicto social o por una causa de fuerza mayor (inclemencias meteorológicas, desastres naturales, fenómenos
extraordinarios de la naturaleza o similares) y el ASEGURADO no aceptara el viaje alternativo ofrecido por el organizador, el ASEGURADOR reembolsará los gastos de cancelación del viaje, debidamente justificados, hasta el límite establecido en Condiciones Particulares. En la Modalidad Anual (Individual o Familiar), el capital asegurado de esta garantía se establece por anualidad de seguro, de modo que, en
caso de que su capital asegurado se consumiese en un siniestro, esta garantía ya no volvería a surtir efecto hasta la siguiente anualidad, en la que se produciría la reposición íntegra del capital. 600
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INCLUIDO SERVICIO DE ASISTENCIA 24 HORAS CON LLAMADA A COBRO REVERTIDO
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PRIMAS SEGURO:
Por persona y viaje incluyendo viaje a Indonesia, con la práctica de deportes (Surf, Snorkel y Pesca)
157,34 € impuestos incluidos
OBSERVACIONES:
1. Las primas ofertadas tienen una validez de dos meses a partir de la fecha del presente proyecto de seguro.
2. El presente Proyecto de Seguro es un resumen de Garantías, supeditado a las exclusiones y limitaciones recogidas en las CONDICIONES GENERALES de la Póliza.